“...En cuanto al otro argumento de la autoridad tributaria que se opone a la procedencia de la inconstitucionalidad debido a que la recurrente no la señala bajo la forma de un submotivo de casación, esta Cámara considera que si bien es cierto la recurrente no menciona la inconstitucionalidad en un apartado dentro de los casos de procedencia, también lo es que en el cuerpo del recurso sí menciona de forma independiente la existencia de dicha inconstitucionalidad y realiza la confrontación respectiva de las normas ordinarias con la norma constitucional, por consiguiente esta Cámara considera que era procedente entrar a conocer y analizar la inconstitucionalidad hecha valer...”